“QUEDA DESTRUIDA LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA”
- O. Rubí Díaz
- 9 may 2017
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Esas fueron las palabras que expresó una agente del Ministerio Público durante la exposición de su alegato de clausura del juicio oral desarrollado durante tres jornadas procesales; palabras que solo muestran el cinismo de la deficiencia del personal de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, en la investigación del delito de robo agravado cometido el día 2 de agosto de 2016 en la Colonia Anáhuac de la delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, materia de ese juicio.
El juicio desarrollado en la sala de audiencias 3 del Reclusorio Sur tuvo como desenlace la sentencia absolutoria a favor de los tres acusados, defendidos por las abogadas Aloma Palomino y Leslie Jiménez, quienes, con una estrategia precisa, lograron evidenciar el trabajo deficiente de la mayoría de los intervinientes en la carpeta de investigación integrada durante 8 meses, tiempo en el que los tres acusados se encontraron en prisión preventiva y en el que hubo diversas violaciones a sus derechos humanos de debido proceso reconocidos en los artículos 17, 18, 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 1, 2, 9 y 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Las deficiencias por parte de la representación social, solo por mencionar algunas, consistieron en: no presentar como dato y medio de prueba las videograbaciones en las que se capta el desapoderamiento de un maletín que supuestamente contenía $86,000.00 a un masculino de nacionalidad nigeriana; no comprobar la existencia de la persona moral ofendida a la que supuestamente le pertenecía el monto antes mencionado haciendo una única diligencia de notificación a una errónea; realizar la ratificación de la denuncia de la víctima sin asistencia consular y perito traductor, cuando esta se comunica en el idioma inglés; presentar testigos que no tenían claro la razón de su asistencia y, por qué no, que desvirtuaron la promesa del Ministerio Público de demostrar la participación de los 3 detenidos en la comisión del delito.
La decisión de los tres jueces intervinientes fue unánime, concluyendo que el trabajo y desempeño de los agentes de Ministerio Público y de la Asesora Jurídica que comparecieron en la audiencia fue incongruente, deficiente e incompetente.
Ahora queda preguntarnos si la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, ante la incapacidad de su personal, no deja impune a aquellos que ante la negligencia de su trabajo, continúan con la constante violación de derechos humanos, en nuestro ya de por sí dolido país.